En Argentina, la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) te protege. No estás solo frente a la concesionaria o la terminal automotriz: tienes derecho a una reparación efectiva, a la sustitución del vehículo o a la devolución de tu dinero.Contáctanos para evaluar tu caso ¿Qué vehículo compraste?, ¿Cuál es la falla?, Tus derechos según la Ley 24.240.
Cuando adquieres un vehículo a un profesional (concesionaria o agencia), la relación se rige por la normativa de consumo, la cual es de orden público y no puede ser modificada por contratos privados.
Vehículos 0 km: La ley establece una garantía mínima de 6 meses desde la entrega.
Vehículos usados: Cuentan con una garantía legal mínima de 3 meses.
La garantía cubre cualquier defecto, vicio o fallo mecánico, eléctrico o estructural que impida el uso normal del rodado.
Si el vehículo falla dentro del plazo, el vendedor está obligado a realizar la reparación de forma gratuita y efectiva.
Si el vehículo ingresa reiteradamente al taller o la reparación no soluciona el problema, la ley te faculta a exigir una de las siguientes opciones:
La sustitución del vehículo: Cambiar la unidad defectuosa por otra de idénticas características.
La devolución del dinero: Reclamar el reintegro de lo abonado, con la actualización monetaria correspondiente.
Una quita en el precio: Obtener un descuento proporcional por los daños sufridos si decides quedarte con el rodado.
Importante: Cada vez que ingreses el vehículo a reparación, exige la constancia escrita. Por ley, el plazo de garantía se suspende y extiende durante todo el tiempo que el vehículo permanezca en el taller.
¿Qué pasa si la compra fue a un particular?
Si le compraste el auto a un particular, no aplica la Ley de Defensa del Consumidor. En este caso, el reclamo se canaliza a través del Código Civil y Comercial mediante la figura de “vicios redhibitorios”.
- Se pueden reclamar defectos graves que existían al momento de la compra y eran desconocidos por el comprador.
- El comprador debe probar que el vendedor conocía el defecto o debía conocerlo.
Preguntas frecuentes
¿Pueden decirme que “la garantía no cubre esto”?
Muchas concesionarias intentan limitar la cobertura de forma arbitraria. Sin embargo, toda cláusula que pretenda eliminar o restringir la garantía legal es nula. Si el fallo afecta el funcionamiento, debe ser reparado.
¿Qué debo hacer si el auto tiene una falla grave?
Lo primero es realizar el reclamo formal por escrito ante la concesionaria (carta documento o mail con acuse) para dejar constancia fehaciente. Luego, si no hay respuesta satisfactoria, se procede a la mediación ante Defensa del Consumidor.
¿Qué costo tiene iniciar el reclamo?
La primera consulta de evaluación en nuestro estudio es sin costo. Analizamos la viabilidad de tu caso para determinar si corresponde ir a una instancia administrativa (Defensa al Consumidor/COPREC) o iniciar una demanda judicial.
Nota: Esta información es orientativa y se basa en la normativa argentina vigente. Para una asesoría profesional ajustada a tu situación, completa nuestro formulario y un abogado de nuestro estudio se pondrá en contacto contigo a la brevedad.
Muchas concesionarias intentan limitar la cobertura de forma arbitraria. Sin embargo, toda cláusula que pretenda eliminar o restringir la garantía legal es nula. Si el fallo afecta el funcionamiento, debe ser reparado.
Lo primero es realizar el reclamo formal por escrito ante la concesionaria (carta documento o mail con acuse) para dejar constancia fehaciente. Luego, si no hay respuesta satisfactoria, se procede a la mediación ante Defensa del Consumidor.
La primera consulta de evaluación en nuestro estudio es sin costo. Analizamos la viabilidad de tu caso para determinar si corresponde ir a una instancia administrativa (Defensa al Consumidor/COPREC) o iniciar una demanda judicial.
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