La disfonía funcional, nódulos y pólipos vocales son afecciones recurrentes en el personal docente debido al uso intensivo de la voz en el aula. Reconocida dentro del Listado de Enfermedades Profesionales (Decreto 658/96), la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) tiene la obligación de brindar tratamiento médico, foniatría y otorgar la indemnización correspondiente en caso de incapacidad secuelar.
Si dictaminás afección vocal vinculada a tu labor en la escuela o instituto, la ART está obligada a cubrir en su totalidad:
Presentá en la dirección del establecimiento educativo o en Recursos Humanos un certificado de un médico otorrinolaringólogo que consigne el diagnóstico (ej. disfonía funcional persistente o nódulos vocales) y la relación con el uso de la voz en el trabajo.
El establecimiento (o el propio docente de forma directa) debe realizar la denuncia formal ante la ART. La aseguradora otorgará un número de siniestro y asignará turno médico.
Si la ART acepta, debe otorgar el tratamiento. Si emite una carta documento de rechazo, se debe iniciar de inmediato el trámite de rechazo ante la Comisión Médica de la SRT con patrocinio letrado.
Evaluamos tu caso y dictamen médico sin costo para iniciar la apelación ante la Comisión Médica y exigir la indemnización que te corresponde.
Consultar con un Abogado de ART| Patología Vocal | Causa Laboral | Porcentaje de Incapacidad (Baremo SRT) |
|---|---|---|
| Disfonía Funcional Reversible | Esfuerzo vocal continuado sin daño orgánico estructural. | Sujeto a reeducación foniátrica (evaluación temporal). |
| Nódulos de Cuerdas Vocales | Sobreesfuerzo vocal crónico / microtraumatismos. | Variable según grado de disfonía secuelar en baremo. |
| Pólipos / Esbozos Nodulares | Trauma vocal agudo o crónico en el aula. | Requiere evaluación post-quirúrgica/foniátrica. |
No debes firmar la conformidad si persisten las molestias. Podés presentar una Divergencia en el Alta ante la Comisión Médica para solicitar la reapertura del tratamiento o el reconocimiento de la incapacidad secuelar.
Sí. Tanto los docentes de gestión pública (Gobierno de CABA / Provincia de Buenos Aires) como de gestión privada cuentan con la cobertura del régimen de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) ante enfermedades profesionales.
El plazo de prescripción es de 2 años contados desde que la ART te notifica el alta definitiva o desde la determinación de la incapacidad por Comisión Médica.
En Estudio MMA somos especialistas en reclamos por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en CABA y PBA. Hacé valer tu salud vocal.
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